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Jun

LIBROS Y REGISTROS TRIBUTARIOS - PLE

Ya se inició la obligación de llevar los libros y registros de caracter tributario de acuerdo a los formatos denominados de contabilidad completa desde el 1 de Julio del 2,010. En tanto que los formatos de contabilidad simplificada están vigentes desde el 01-01-2009. Recientemente acaba de publicarse la Res. 196-2010/SUNAT sobre libros eléctrónicos donde ratifica su carácter de aplicación opcional.  

Numerosas dudas se ha venido generando sobre esta nuevas obligaciones, sobre todo por que:

1. Sucesivamente se pue postergando su obligación, de formatos de contabilidad completa y simplificada, inicialmente previsto para el 01 de enero del 2,008.

2. Se modificó la resolución primigenia Res. 234-2006/SUNAT por subsiguientes resoluciones en cuanto a contenido y forma de dichos formatos que a la fecha están adecuados bajo el PCGR anterior.

3. Se vinculó el uso de dichos formatos de contabilidad completa y simplificada con el PCGE modificado (opcional el 2,010 y obligatorio el 2,011).

4. Se está vinculando el uso de dichos formatos a los Libros Electrónicos opcional desde Julio 2,010  y la novísima Factura Electrónica vigentes desde el 19 de Julio del 2,010 que tambien es opcional.

PLAZOS A TENER EN CUENTA EN CUANTO A CONTABILIDAD COMPLETA Y SIMPLIFICADA:
1. Se inicio la aplicación de los aspectos formales de contabilidad completa y contabilidad simplificada, es decir sobre formas de llevado, requisitos, etc. desde enero del año 2,007, dejándose el uso de formatos e información mínima de los libros y registros para posterior.
2. La obligación de Contabilidad Simplificada para contribuyentes que no superen las 150 UIT de ingresos el período anterior es desde el 01 de enero del 2,009.
3. La obligación de Contabilidad Completa para contribuyentes que superen las 150 UIT de ingresos el período anterior (2,009) se inició el 01 de Julio del 2,010. Ello significa que debemos de contabilizar los plazos de atraso máximo permitido cuando culmine dicho período mensual.
4. La aprobación del Plan Contable General Empresarial modificado afectará la adecuación de los formatos de contabilidad completa para quienes vienen usando el PCGE opcionalmente el 2,010. A la fecha SUNAT no ha publicado los formatos adecuados al PCGE, en especial del Libro de Inventarios y Balances en todos sus formatos. Se estima que cada contribuyente deberá de adecuar dichos formatos bajo alcance del PCGE para utilizarlos desde el 01 de Julio del 2,010.
5. La aprobación de los Libros Eléctrónicos LE, de uso opcional desde el 01-07-2010  no afectará una nueva adecuación de los formatos de contabilidad completa, ya que se entiende que el PLE (programa de libros electrónicos) validará la estructura de datos que genere la contabilidad completa bajo aplicación del PCGR o PCGE. Lo que se espera de SUNAT es un nuevo PLE adecuado al PCGE, el PLE actual colgado en webb de SUNAT esta estructurado bajo alcance del PCGR anterior.
6. La probación de la Factura Eléctrónica, aplicable desde el 19 de Julio del 2,010 en forma opcional, no afectará nueva adecuación de los formatos de contabilidad completa o simplificada, ya que los contribuyentes que se acojan a dicho mecanismo (que tengan ingresos menores a 1,700 UIT) obtendrán de la plataforma SUNAT desde donde se emitirán dichos comprobantes electrónicos, el registro de ventas correspondiente.

Adjuntamos acceso a ultimas normas mencionadas las cuales iremos comentando periódicamente en forma de videos y documentos PDF.

* Res. 239-2008/SUNAT que modifica la Res. de Superintendencia No. 234-2006/SUNAT sobre libros y registros de caracter tributario. COntabilidad Simplificada y Contabilidad completa para el 2,009.
Res.239-2008-sunat
* Res. 286-2009/SUNAT que aprueba los libros electrónicos y posterga la Contabilidad Completa hasta el 01 de Julio de 2,010.
rs286
* Res. 188-2010/SUNAT que amplia el sistema de emisión electrónica a la FACTURA ELECTRONICA y documentos vinculados a ésta.
RES 018-2010/SUNAT

Res. 196-2010/SUNAT del 26 de Junio de 2,010, que modifica la Res. 286-2009/SUNAT sobre libros eléctrónicos.
Res.196-2010/SUNAT - modifican Libros Electrónicos

 

2 Comentarios

  • Jennie Dijo:

    Mi pregunta es la siguiente:
    yo manejo en mis contabilidades el PCGE, dejando asi de lado el PCGR, pero el programa de Libros Electronicos aun no esta habilitado para dicho Catalogo o Plan, entonces mi duda va en como he de registrar el Libro de Inventarios y Balances ya que hay cuentas contables que no estan de acuerdo con el PCGE.
    Muchas gracias por su ayuda
    Atte.
    Jennie

  • jcapcha Dijo:

    Hola Jennie, muy buena observación, efectivamente hay esa dificultad, sobre todo en contabilidad completa, que es obligqatorio desde el 1 de Julio del 2,010 y cuyos formatos están adecuados bajo PCGR. La Res. 239-2008/SUNAT que modificó la inicial Res 234-2006/SUNAT sobre libros y registros de caracter tributario señala que “los contribuyentes adecuarán los formatos bajo los alcances del Plan Contable vigente en el país, Si bien el PCGE aún no está vigente, en tu caso en la medida que lo vienes aplicando deberás de adecuar dichos formatos, en especial el Libro de Inventarios y Balances.

    El software CONTASIS tiene entre sus propuestas esta adecuación de formatos. Por ejemplo la cuenta 47 beneficios sociales a los trab. se une con la cuenta 41.

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