26
Jun

VIDEO CASO PRACTICO DE CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

 

Conforme nos han venido solicitando diversos colegas contadores públicos del país, el presente artículo ofrece a continuación un video de monografía integral de desarrollo de contabilidad simplificada, elaborada por el CPC. Hernán Capcha Carbajal como parte de su Libro “ABC de la Contabilidad  Simplificada para Microempresas”  y que gentilmente nos autoriza a difundirlo a través del presente Blogg.  Es sumamente  recomendable adquirir el mencionado libro para entender la lógica del método de aumentos y disminuciones (signos + ó -) que permite generar el mencionado libro contable, en lugar del clásico DEBE y HABER. Por el mes de Junio y Julio del 2009 se ofertan a precios promocionales a través de la red de representantes de CONTASIS  nivel nacional y desde la oficina central de Lima a las otras ciudades del país. Ver HTML DE promocion: http://75.125.78.162/~contasis/html/promolibro.php

El libro incluye un CD que contiene:

-          Software  Xpert Contable Plus de CONTASIS, versión educativa

-          Guía de Usuario

-          Manual de usuario

-          Videos de desarrollo de caso práctico de libro diario simplificado

Además a los colegas contadores que hayan adquirido el mencionado libro, sus autores recomiendan conservar la clave de activación del mencionado CD que pueden descargar desde www.contasis.net/activaciones con el que pueden acceder a los contenidos del mismo, toda vez que al finalizar el año 2009 se habilitarán nuevos casos prácticos y videos,  en este caso del cierre de libro diario simplificado, apertura de nuevo período etc. los cuales podrán ser descargados de dicha dirección o recibirán los archivos vía correo electrónico.

Ver videos de desarrollo de caso práctico integral de Monografía de Contabilidad Simplificada en sistema contable computarizado..

http://75.125.78.162/~contasis/html/videocontasimplificada/

En este artículo también vamos a considerar  las primeras interrogantes que vienen formulando quienes ya han adquirido ejemplares del mencionado libro, y que es una muestra que esta nueva contabilidad simplificada viene generando problemas operativos para las microempresas y para el propio contador público, el mismo que viene siendo de aplicación obligatoria desde el 1 de  enero del 2009 para aquellas empresas que el período anterior, o sea el año 2008, no hayan excedido en sus ingresos totales las 150 UIT. Si Ud. Tiene dificultades en la aplicación del Libro ABC  de la Contabilidad Simplificada ó en el cumplimiento de dicha norma tanto en sistema manual o sistema computarizado a: contabilidadsimplificada@contasis.net

ALGUNAS CONSIDERACIONES ADICIONALES SOBRE CONTABILIDAD SIMPLIFICADA:

Al ser una norma tributaria la que establece la obligatoriedad de su utilización, debemos aplicarla cumpliendo estrictamente los requisitos mínimos establecidos para su cumplimiento: ver formato final: libro diario simplificado. copia-de-239_formato-diario-simplificado-modificado-con-cuentas-solamente-2

 

El formato del Libro Diario Simplificado está diseñado para agrupar las cuentas contables por los elementos de los EE FF (ACTIVO, PASIVO, CAPITAL, INGRESOS Y GASTOS) ello permite que se pueda “cuadrar” o verificar el correcto llenado de dicho libro, a su vez permite que sin necesidad de elaborar la hoja de trabajo, se pueda saber el resultado (ganancia o pérdida) del periodo. Si utilizáramos el formato de CAJA TABULAR tendríamos que completar el proceso contable, mayorizando y elaborando la hoja de trabajo (no simplificaríamos en nada el proceso contable)

Ver anexo de caso práctico desarrollado en sistema CONTASIS V 8.0:

 Respecto al software de mypes agropecuarias, no especificas si es solamente para el control contable, o también de las otras actividades propias de ese tipo de empresas. Si es solamente para el control contable, es suficiente con un módulo de contabilidad, tendrías que asegurarte si, que permita definir libremente el Plan de Cuentas.

 

 

14
Jun

IMPLICANCIAS DEL PCGE EN LAS PEQUEÑAS Y MICROEMPRESAS

Los alcances del nuevo Plan Contable General Empresarial PCGE, norma que regula la forma en que cualquier entidad, sea cual sea su tamaño y giro de actividad,  debe presentar su información financiera, entra en vigor el 1 de enero del 2,010 en el Perú. A estas alturas muy pocas empresas ha iniciado acciones tendientes a la implementación de sus alcances y muchas empresas aún esperan el cierre del año 2009 para dar inicio a las acciones de adecuación al nuevo Plan Contable, aspecto que les provocará problemas dado  que los cambios deben de realizarse oportuna y sistemáticamente, y por que las empresas proveedoras de servicios, entre ellas las de software, base indispensable para la adecuación al nuevo PCGE, estarán sin duda saturadas por la enorme demanda de última hora.

En concreto el PCGE prevé cambios tanto en el formato de presentación de la situación financiera y los resultados empresariales (hay cuentas nuevas, otras que se modifican y otras que desaparecen) como en las formas de realizar las operaciones contables. Un aspecto relevante a señalar es que el cambio del anterior Plan Contable General Revisado PCGR  al nuevo PCGE es más que un cambio de cuentas, es un cambio en la cultura contable, ello en la medida que el PCGE alinea el registro de las transacciones con la aplicación integral de las NIC-NIIF vigentes en el Perú . El Reconocimiento y Medición de los elementos de los EE.FF., que son parte de las acciones a realizar en la implementación del PCGE implica cambios profundos en el tratamiento de activos, pasivos, ingresos y egresos.

Si consideramos que en el País y de acuerdo al informe ROSC sobre el grado de aplicación de las NIC-NIIF  en nuestras empresas, no existe una aplicación integral de las mismas, y  el estudio de campo de este informe se realizó en empresas grandes y medianas que tienen más recursos y tecnología para su cumplimiento, las pequeñas y microempresas, que constituyen el 97% del tejido empresarial peruano, en menor medida han logrado adecuarse a los alcances de la reforma contable en el país que se inició hace casi 20 años cuando el país adoptó las NIC-NIIF de forma plena. De ahí que podemos prever que son las pequeñas y microempresas las que afrontarán mayores dificultades en  su adecuación al PCGE, ya que implicará de por medio adecuar el tratamiento de sus transacciones a los alcances de las NIC-NIIF. Como ejemplo usamos el tratamiento de las depreciaciones de los activos fijos, hoy activos inmovilizados con el PCGE, cuyas tasas se derivaban de exigencias tributarias, mientras que a partir del PCGE se aplicará en base a la estimación de la vida útil de los activos (tasación), que es diferente a la que acepta SUNAT.

La falta de atención de los emisores del PCGE en las particularidades de las micro y pequeñas empresas peruanas así como en las dificultades que les originará su cumplimiento, no solo por la necesidad de adecuar sus procesos contables, capacitación a su personal, adecuación de software y TICS , no les ha permitido bosquejar un Plan Contable reducido o sintetizado para las pequeñas y micro empresas. Como en el caso de España, que cuenta con 3 planes de cuenta: un plan contable general, un plan contable reducido para pymes y un plan contable básico para microempresas.

El PCGE mantiene aspectos innecesarios a ser aplicados para las pequeñas y microempresas como por ejemplo:

-      Tratamiento del fondo de comercio

-      Uso del 5º. Digito para alternativas de medición distinta de sub divisionarias del PCGE.

-      Tratamiento de derivados financieros

-       Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta.

-       Combinaciones de negocios.

-       Operaciones de fusión, escisión y aportaciones no dinerarias de un negocio

-      Reducir los criterios de registro y valoración de los instrumentos financieros.

-      Reducir o el contenido de la memoria.

-       

En cuanto a las microempresas, en la medida que sus necesidades de información son de control patrimonial, más que en brindar información predictiva a los inversionistas (con que no cuentan, por no tener interés público)  que es el objetivo final del modelo contable predictivo del IASB y sobre el que se sustenta el PCGE, resulta por ejemplo necesario

-      Simplificar  la contabilización de los activos no corrientes y en particular de los arrendamientos financieros (Leasings).

-      Reducir los criterios de registro y valoración de los instrumentos financieros.

-      Simplificar el contenido de las cuentas anuales (eliminando la obligatoriedad de algunos estados financieros como el EFE y el ECPN).

 

 

Ver Artículo: Reforma contable e información financiera para Pymes

A los cambios que exige la adecuación del PCGE en las empresas, deberá también de considerarse los cambios por adecuarse a los alcances de la Res. 234-2006/SUNAT y sus modificatorias entre ellas la Res 238-2009/SUNAT, que establecen nuevos formatos de libros y registros de carácter tributario en lo relacionado a la contabilidad simplificada y contabilidad completa, las mismas que prevén sin distingo el uso del PCGE a nivel de sus 5 dígitos, aunque contradictoriamente el formato libro diario simplificado oficializado por SUNAT solo prevé su presentación a nivel de 2 dígitos del PCGE.

Como sabemos las empresas que el año anterior (2008) hayan obtenido ingresos hasta 150 UIT, estarán obligadas a llevar la “Contabilidad Simplificada” desde el año 2009, en tanto que las empresas que el  año 2009 hayan superado en ingresos las 150 UIT deberán de llevar la Contabilidad Completa.

En suma estas adecuaciones generarán la necesidad de actuaciones rápidas por parte de la Gerencia, pero además efectivas, esto último se concretara solo en la medida que seleccione los correctamente a sus proveedores entre ellos de software de gestión y contable. Por ejemplo CONTASIS.  ya cuenta con funcionalidades alineadas  a la REFORMA CONTABLE en el Perú y ha previsto un conjunto de servicios post venta, asesoría, soporte  técnico y capacitación para acompañar a la empresa en su proceso de implementación de estos cambios.

 

17
May

LA CRISIS FINANCIERA Y LA NECESIDAD DE LA REFORMA CONTABLE

Estudiosos del fenómeno de la crisis financiera internacional explican que las causas de éste se debieron a:

a)      La especulación y afán desmedido de lucro de un pequeño grupo de familias (menos del 1%) que concentran grandes capitales y que están a la caza de beneficios extraordinarios y que provocaron esta crisis.

b)      Creación de instrumentos financieros cada vez más complejos, llamados derivados (opciones, futuros, forwards, swaps, etc.) mediante los cuales se gana dinero a partir de los riesgos, que implicaba partir de préstamos de dineros por parte de la banca a individuos sin capacidad de pago, y empaquetando esas cuentas por cobrar para venderlas luego en el mercado no regulado, llámese entidades financieras, por 2 o 3 veces más de su valor, los cuales se derrumbaron cuando los individuos sujetos del crédito dejaron de pagar.

c)      Falta de regulación en EE.UU. que permite que funcionen dos mercados en paralelo, la bolsa  que si estaba regulada y que tiene sus propios mecanismos de control y defensa de sus mercados, y los mercados financieros o instituciones financieras, estas últimas no reguladas, excepto por las normas de Basilea,  que básicamente les exige tener una relación adecuada entre sus activos y pasivos, sin embargo esta limitación fue fácilmente superada por la creación de nuevos instrumentos financieros como la titulización de deudas que eran reflejadas como patrimonios y no como  pasivos.

d)      El crecimiento desmedido de la capacidad de producción para satisfacer la demanda  de mayor consumo de bienes y servicios por la sumatoria de más de 500 millones de nuevos consumidores provenientes de países emergentes como el  Perú, impulsado s por el crecimiento de la economía dependiente de los comodities  o precio s de sus minerales.

Frente a ello muchas voces se levantaron  precisando el fracaso del sistema capitalista, que el libre mercado beneficia a pocos y que los EE.UU. han perdido su hegemonía económica y solo les queda la hegemonía militar.  Los estudiosos sin embargo también señalan que la actitud del consumidor, así como los ciclos económicos de altas y bajas en el mundo, y sobre todo la capacidad de inventar instrumentos financieros que no necesariamente se registraban en el balance debido a que no existían normas que obligaran a esto, muestran que el ser humano va más rápido que la normatividad.

 Entre esta normatividad  que aparentemente ha sido fácilmente superada en los esfuerzos especulativos de los cuales se derivaron  la crisis, esta la contable, y en especial todo el marco propuesto por el IASB y que ha sido adoptado en el país a través de las NIC-NIIF.

En anterior artículo publicado en www.reformacontable.net señalábamos de cómo el G-20 en su reunión en Washington el 15 de Noviembre de 2008 y en Londres el 2 de Abril del 2009, Exigió al IASB una urgente reforma de su normativa e incluso la propia recomposición del IASB a fin de asegurar una adecuada transparencia en la emisión de normas contables suficientes para afrontar este nuevo contexto y evitar nuevamente que este se reproduzca.

PRONUNCIAMIENTO DEL G-20 (SINTESIS)

Hemos acordado que los emisores de estándares contables deben mejorar las normas para la valoración de instrumentos financieros basados en su liquidez y la perspectiva de  tenencia por parte de los inversores, al tiempo que reafirma el marco de la contabilidad para el valor razonable.

También acogemos las recomendaciones  del FSF sobre prociclicidad que abordan asuntos contables. Hemos convenido que los emisores de estándares contables deben tomar medidas antes de finales del 2009 a:

  • Reducir la complejidad de las normas de contabilidad para instrumentos financieros;
  • Reforzar el reconocimiento contable de provisiones para pérdidas por préstamos, mediante la incorporación de una gama más amplia de información de crédito;
  • Mejorar las normas para la dotación, riesgo de firma y la valoración de los riesgos de incertidumbre;
  • Lograr claridad y coherencia en la aplicación de normas de valoración internacional, trabajando con los supervisores;
  • Hacer un progreso significativo hacia un único grupo de normas globales contables de alta  calidad, y

En el marco de la independencia del proceso de fijación de normas de contabilidad, mejorar la participación de los partes interesadas, incluidos los reguladores y los mercados emergentes, a través de la revisión constitucional del IASB.

El IASB ha respondido a los líderes del G20 y a sus recomendaciones, y, al mismo tiempo, a recientes decisiones adoptadas por FASB de los EE.UU. He aquí los extractos:

·         La respuesta del IASB para el G20: «La Junta se ha comprometido a adoptar medidas en relación con cada uno de los puntos recomendados por el G20 a fines del 2009, la fecha sugerida por el G20, con el fin de garantizar globalmente respuestas coherentes adecuadas a la crisis ». A finales de esta semana, el IASB publicará un resumen de la labor que ya están en marcha y propuso nuevas medidas.
Como se anoto anteriormente, en sus recomendaciones, el G20 instó a “progresos significativos hacia un único grupo de normas de calidad mundial.” Para lograr este objetivo, el IASB está trabajando intensamente con FASB, la Junta de Normas de Contabilidad del Japón (ASBJ), y otros emisores de normas nacionales. En su reunión del 24 de marzo, el IASB y el FASB reafirmaron su compromiso con un enfoque común a la crisis financiera y el objetivo general de buscar la convergencia entre las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y los principios contables generalmente aceptados (PCGA) en EE.UU.. Las Juntas describieron este objetivo en un Memorando de Entendimiento (Mu) publicado por primera vez en el 2006 y actualizado en el 2008.

·         La respuesta del IASB a las acciones del FASB  “Los informes iníciales en relación con nuevas o adicionales divergencias entre las NIIF y los PCGA de EE.UU. que están siendo creados por los FSPs  parecen ser exagerados. Una revisión preliminar de las decisiones de FASB  por parte del personal del  IASB indica que los objetivos del FASB y el enfoque sobre la aplicación del valor razonable cuando un mercado no está activo parecen ser muy similares a los de las NIIF. “

En pocas palabras el IASB si bien ha acogido la preocupación del G-20, sin embargo no ha ido a profundizar la solución de las causas de la crisis contable, concurrente con la crisis financiera internacional.

LA PÉRDIDA DE LA AUTOREGULACION COMO CAUSA DE LA CRISIS

Para entender cuáles son las causas de fondo de esta crisis citamos a Prem Sikka. Profesor de la Universidad de Essex- Reino Unido. Miembro de Tax Justice Network. Artículo publicado en The  Guardián, lunes 22 diciembre 2008,  reconoce  que, las reglas globales, o normas contables, para los informes financieros de las empresas son elaboradas por el International Accounting Standards Board (IASB), una organización privada financiada y dominada por las élites de las corporaciones. El regulador británico en materia contable, el Financial Reporting Council (FRC), está también dominado por las élites de las corporaciones. Apacigua a sus interventores (controllers) adoptando las normas contables internacionales redactadas por el IASB pero sin explicar nunca las consecuencias económicas y sociales de esa conformidad.

Por ello afirma, nada es neutral en las normas de contabilidad. Están constituidas por política, como sucede con otras prácticas sociales. Las normas contables son el residuo de negociaciones y componendas entre las élites económicas y, de esta manera, reflejan sus intereses económicos. Quienes financian y controlan las estructuras que generan las normas contables siempre están en posición de modelar los resultados. Esto les ha permitido organizar prácticas deseables fuera de la agenda política. Por ejemplo, no existen normas contables que requieran a los bancos que informen sobre cómo evaden los impuestos u organizan sus políticas de transferencia de precios para desviar beneficios hacia los paraísos fiscales. 

Prem Sikka reafirma: La contabilidad ha hecho un daño grave a demasiados ciudadanos inocentes y está en el centro de la actual crisis financiera. En vez de permitir que los intereses privados que lleven a cabo políticas públicas, las normas contables deberían ser elaboradas por un organismo independiente que represente una pluralidad de intereses. Sin esos, no hay perspectivas de que se produzcan cuentas bancarias transparentes o que se democratice la elaboración de las políticas públicas.  Todos los bancos alegan haber cumplido con los estándares contables existentes pero las cuentas que publican son opacas. Eso habla de normas contables laxas, poco transparentes e imparciales. Ver artículo completo en: http://www.redjusticiafiscal.org/portada/que-rindan-cuentas-los-contables.html#comment-15

Por tanto una auténtica reforma contable, implica en primer lugar retomar la capacidad de auto regularnos, es decir de intervenir de forma vinculante en el establecimiento de normas contables globales transparentes e imparciales, autorregulación que a la IFAC (Federación Mundial de Contadores) aparentemente no le interesa promover, al aceptar los cánones del IASB sumisamente o interesadamente como perfila Prem Sikka. Esta emisión de normas actual ha sido severamente   cuestionada por el G-20, al solicitar la recomposición del IASB para asegurar una mayor transparencia, quien sabe exigiendo una mayor intervención pública, pues como sabemos el IASB es una entidad privada, o tal vez exigiendo un mayor protagonismo de la profesión contable.

 

LA CRISIS DE PARADIGMAS EN CONTABILIDAD

La obligación de contabilizar a valores de mercado o a “valor razonable”, conculcándose el tradicional principio de prudencia, ha sido la causa de que, a tenor de las circunstancias del ciclo económico, los balances se hayan inflado con plusvalías no realizadas y que en muchos casos no lleguen a realizarse nunca. Este “efecto riqueza” totalmente artificial puede suponer, sobretodo en etapas de auge económico, que se produzca una distribución de beneficios ficticios o meramente coyunturales. El principal defecto del “valor de mercado razonable” (el valor que se le asigna a un bien según expectativas) radica en que no está protegido del contagio sistémico que resulta de los movimientos de precios de los activos. El “valor de mercado razonable” es interesante para la economía real pero no lo es para un banco que opera con los depósitos de la gente.

La Contabilidad por tanto está en crisis, más propiamente, el paradigma predominante está en crisis. La crisis implica una lucha entre paradigmas alternativos, es así que en Contabilidad tenemos el paradigma de la prudencia y el paradigma del valor razonable (los nombres de estos paradigmas obedecen a los principios a los que le dan mayor importancia). Si estos paradigmas no contradicen los fundamentos últimos de la ciencia o técnica en cuestión no hay necesidad de desechar alguna de ellas sino proceder a una síntesis paradigmática que significa conjuntar ambos paradigmas en base a nuevos fundamentos más globales. Consideramos que esto sucede o debiera suceder con los paradigmas contables alternativos antes mencionados.

LA CRISIS PROFESIONAL ES ANTE TODO UNA CRISIS ACADEMICA

La crisis de la  contabilidad por tanto se manifiesta en la falta de sustento riguroso y técnico de las normas contables que guían la actividad profesional. Por eso no hay duda de que la credibilidad actual de la normativa contable a nivel internacional está en cuestión. Como muestra, se puede mencionar un estudio reciente de PricewaterhouseCoopers que pone de manifiesto que sólo el 20% de analistas, inversores y ejecutivos considera que la información preparada de acuerdo con las normas contables actuales es muy útil para conocer la imagen fiel de las empresas. La crisis académica deberá superarse con el establecimiento de normas más rigurosas y con controles mucho más severos y vinculantes, en lugar de la emisión de sólo opiniones. Las normas que se adecuan a las nuevas realidades deberán de estar sustentadas en investigaciones más profundas, realizadas con las metodologías más exigentes desde la perspectiva epistemológica. Es por ello, que consideramos que la salida de la crisis académica está directamente relacionada con la actividad intelectual de fundamentación de los profesionales contables más competentes.

Esta es la segunda parte de la reforma contable, el trabajo de fundamentación de un nuevo marco conceptual de la contabilidad, ya que como vemos el que IASB nos plantea, viene siendo severamente cuestionado.

Dada la actual crisis profesional contable se requiere un nuevo marco teórico-conceptual. Pues obedece a la lógica natural del desarrollo de la doctrina, de la ciencia y la profesión contable. Ya que si tenemos problemas en brindar una adecuada explicación sobre las razones que causaron la crisis financiera internacional y por qué la profesión no estuvo preparada para detectar y corregir esos actos anómalos es porque también el marco teórico-conceptual vigente no estaba preparado para comprender y explicar tales hechos. Es decir, el marco teórico vigente ha implicado esos actos porque la ha posibilitado, aunque dicho fenómeno fuera exclusivamente de carácter ético. Lo anterior significa que el marco teórico-conceptual en Contabilidad vigente está en problemas y deberá modificarse significativamente en base a estudios de revisión profundos patrocinadas por toda la colectividad profesional contable.

22
Abr

PLAZO DE IMPRESIÓN DE LIBROS CONTABLES 2008

Para que los libros y registros contables adquieran la formalidad y validez correspondiente, éstos deben legalizarse sin importar el sistema de contabilidad que se llevan, es decir, manual o computarizado. Estableciendo el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT, que los libros y registros contables deben legalizarse ANTES de su uso. En cuanto a los contribuyentes que lleven  contabilidad computarizada estos deberán de imprimir los libros contables, además realizar el empaste correspondiente.

IMPRESIÓN DE LIBROS CONTABLES

No existe un plazo expreso de legalización ni de impresión de libros propiamente dicho, sin embargo, teniendo en cuenta el plazo máximo de atraso permitido, se puede advertir que  los debemos de tener al día a una fecha determinada.

A continuación describimos los plazos de atraso y legalización de los libros y registros contables de conformidad a la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT.

Correspondiendo al ejercicio 2008, el plazo vencería el 30 de abril del 2009 en

Relación de Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios

 

Cód

Nombre o Descripción

Plazo Atraso  Legalización o impresión

Inicio Plazo

 
 
 

1

Libro Caja y Bancos

3 meses

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en q se realizaron las operaciones relacionadas con el ingreso o salida del efectivo o equivalente de efectivo

 
 

2

Libro de Ingresos y Gastos (rentas de segunda y cuarta categoría)

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente de aquél q se cobre, se obtenga el ingreso o se haya puesto a disposición la renta (2da Cat)

 
 

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en q se emita el comprobante de pago (4ta Cat)

 

3

Libro de Inventarios y Balances

3 meses

Desde el día siguiente del cierre del ejercicio gravable

 
 

4

Libro de Retenciones Incisos E) y F) del Artículo 34º de la Ley del Impuesto a la Renta

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en q se realice el pago

 
 

5

Libro Diario

3 meses

Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizada las operaciones

 
 

5-A

Libro Diario Simplificado

3 meses

Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizada las operaciones

 
 

6

Libro Mayor

3 meses

Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizada las operaciones

 
 

7

Registro de Activo s Fijos

3 meses

Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable

 
 

8

Registro de Compras

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en q se recepcione el comprobante d epago respectivo

 
 

9

Registro de Consignaciones

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en q se recepcione el comprobante d epago respectivo

 
 

10

Registro de Costos

3 meses

Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable

 
 

11

Registro de Huéspedes

10 días hábiles

Desde el día hábil del mes siguiente a aquél en q se emita el comprobante de pago respectivo

 
 

12

Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas

1 mes *

Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizada las operaciones relacionadas con la entrada o salida de bienes

 
 

13

Registro de Inventario Permanente Valorizado

3 meses **

Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizada las operaciones relacionadas con la entrada o salida de bienes

 
 

14

Registro de Ventas e Ingresos

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago respectivo

 
 

15

Registro de Ventas e Ingresos Art 23º Res Sup Nº 266-2004/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago respectivo

 
 

16

Registro del Régimen de Percepciones

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el documento q sustenta las transacciones realizadas con los clientes

 
 

17

Registro del Régimen de Retenciones

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione o emita, según corresponda el documento q sustenta las transacciones realizadas con los proveedores

 
 

18

Registro IVAP

10 días hábiles

Desde la fecha de ingreso o desde la fecha del retiro de los bienes del molino, según corresponda

 
 

19

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Art. 8º  Res Sup Nº 022-98/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

20

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Inc a) Primer Párrafo Art. 5º Res Sup Nº 021-99/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

21

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Inc a) Primer Párrafo Art. 5º Res Sup Nº 142-2001/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

22

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Inc c) Primer Párrafo Art. 5º Res Sup Nº 256-2004/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

23

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Inc a) Primer Párrafo Art. 5º Res Sup Nº 257-2004/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

24

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Inc c) Primer Párrafo Art. 5º Res Sup Nº 258-2004/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

25

Registro(s) Auxiliar(es) de Adquisiciones Inc a) Primer Párrafo Art. 5º Res Sup Nº 259-2004/SUNAT

10 días hábiles

Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de pago respectivo

 
 

26

Registro de Retenciones artículo 77º-A d ela Ley del Impuesto a la Renta (sociedad gest colectiva)

 

Falta reglamentar 

 
 

27

Libro de Atas de la EIRL

 
 

28

Libro de Actas de la Junta General de Accionistas

 
 

29

Libro de Actas del Directorio

 
 

30

Libro de Matrícula de Acciones

 
 

31

Libro de Planillas

10 días hábiles

Ya no es necesario legalizar por que es el PDT 601 Planilla Electrónica

 
 

** Si el contribuyente elabora un balance para modificar el coeficiente o porcentaje aplicable al cálculo de los pagos a cuentadel régimen general del impuesto a la renta, deberá tener registradas las operaciones que los sustenten con un atraso no mayor a 60 días calendario contados desde el primer día del mes siguiente a enero o junio, según corresponda.

 
 
 
cuanto a los llamados libros principales. Aquellos contribuyentes que llevan contabilidad computarizada paralelamente a realizar las labores contables previas a la impresión de libros. Cierre de Libros contables, deberá de observar las pruebas correspondientes con el hardware o impresoras que cuentan si resultan apropiados para dicha labor. En la práctica son las llamadas impresoras matriciales aquellas que mejor cumplen esta función a diferencia de las de inyección a tinta o las de tonner.  

 

 

EMPASTE DE LIBROS CONTABLES

De otro lado de acuerdo a la Res. 234-2006/SUNAT el plazo de empaste de los libros contables son 04 meses posteriores al término del ejercicio contable. Es decir el 30 de Abril del 2009.

ü  Los libros y registros llevados en hojas sueltas o continuas deberán empastarse hasta por un ejercicio gravable.

ü  El empaste deberá ser dentro de los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente.

ü  Cuando las hojas utilizadas sean menor a veinte (20), el empaste podrá comprender dos (2) o más ejercicios gravables.

ü  Se deberán incluir las hojas que hayan sido anuladas. La anulación se realizará tachándolas o inutilizándolas de manera visible.

ü  Las hojas sueltas o continuas no utilizadas, podrán emplearse para el registro de operaciones del ejercicio inmediato siguiente.

ü  De realizarse el empaste en varios tomos, cada uno incluirá como primera página una fotocopia del folio que contenga la legalización del libro o registro al que corresponde.

 

16
Abr

LA CRISIS FINANCIERA MUNDIAL Y LA CONTABILIDAD

Algunos Economistas vienen responsabilizando a la Contabilidad por la Crisis Financiera Mundial, y en especial culpan al llamado “valor razonable” como direccionador de valor de los activos “tóxicos” de las empresas quebradas por esta vorágine financiera. Como sabemos el Valor Razonable forma parte de las metodologías de valoración que el Marco Conceptual del IASB y las NIC-NIIF determinan para el proceso de MEDICION de activos, pasivos y otros elementos de los EE.FF.

De igual manera mucho se viene discutiendo acerca del impacto de esta crisis global y sistémica en nuestra profesión. Es decir que repercusiones generará tanto en el marco Conceptual y Normativo que regula nuestro trabajo profesional así como que implicancias generará en la propia prestación de dichos servicios profesionales a los contadores públicos a nivel de oferta de sus servicios.

Respecto a las Causas de la Crisis financiera los líderes del grupo de los 20 G-20 reunidos en Washington el 15 de noviembre del 2008 ha aceptado las siguientes “causas profundas de la crisis actual”: Durante un periodo de fuerte crecimiento global, crecientes flujos de capitales y prolongada estabilidad en esta década, los actores del mercado buscaron rentabilidades más altas sin una evaluación adecuada de los riesgos y fracasaron al ejercer la adecuada diligencia debida. Al mismo tiempo, las poco sólidas prácticas de gestión del riesgo, los crecientemente complejos y opacos productos financieros y el consecuente excesivo apalancamiento se combinaron para crear debilidades en el sistema. Las autoridades, reguladores y supervisores de algunos países desarrollados no apreciaron ni advirtieron adecuadamente de los riesgos que se creaban en los mercados financieros, no siguieron el ritmo de la innovación financiera ni tomaron en cuenta las ramificaciones sistémicas de las acciones regulatorias locales.

Es decir sin llegar a aceptar que la crisis financiera es parte de una crisis del sistema capitalista, a continuación señalan: Importantes causas subyacentes de la situación actual fueron, entre otras, las políticas macroeconómicas insuficientes e inconsistentemente coordinadas, e inadecuadas reformas estructurales que condujeron a un insostenible resultado macroeconómico global. Estos desarrollos, juntos, contribuyeron a excesos y finalmente dieron lugar a un grave trastorno del mercado.

En dicha reunión el G-20 establece las siguientes medidas a adoptar para afrontar la crisis financiera, entre ellas políticas con 5 principios reformistas, de los cuales uno de ellos tiene vinculación con la contabilidad:

  • Promover la integridad de los mercados financieros: nos comprometemos a proteger la integridad de los mercados financieros del mundo reforzando la protección del inversor y el consumidor, evitando conflictos de intereses, previniendo la manipulación ilegal del mercado, las actividades fraudulentas y avisos y protegiendo contra los riesgos financieros ilícitos procedentes de jurisdicciones no cooperativas. También promoveremos el intercambio de información, incluyendo las jurisdicciones que se han comprometido con los estándares internacionales respecto al secreto y la transparencia bancarios.

Este principio enunciado por el G-20 significa fortalecer el papel del inversionista como principal interesado en el uso de la información contable financiera, tal como actualmente lo pregona el MC y las normas internacionales del IASB, así como la necesidad de obtener una “imagen fiel” de la entidad para fines de proteger sus intereses.

Asimismo el G-20, estableció un plan de acción para la aplicación de estos principios de la reforma:

Fortalecimiento de la transparencia y la responsabilidad

Medidas inmediatas para el 31 de marzo de 2009.

  • Los principales reguladores mundiales de normas de contabilidad deben trabajar para mejorar la adecuada valoración de los activos, incluyendo los activos complejos, los productos líquidos, especialmente durante periodos de volatilidad.
  • La normalización contable debe representar un avance importante en la labor para identificar las deficiencias contables y divulgar las normas fuera de balance.
  • Los reguladores y la normalización contable deben mejorar la identificación de los instrumentos financieros más complejos emitidos por las empresas a los actores del mercado.
  • Con vistas a promover la estabilidad financiera, los órganos reguladores de las normas internacionales de contabilidad deben mejorarlas aún más, incluso mediante una renovación de sus miembros, para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y fomentar una relación adecuada entre este organismo independiente y las autoridades pertinentes.
  • Los órganos del sector privado que ya han desarrollado las mejores prácticas para fondos privados de capital y fondos de cobertura deben presentar propuestas para unificarlas en una norma.
  • Los ministros de Finanzas deben evaluar la viabilidad de estas propuestas en base a los análisis de los reguladores, la FSF ampliada y otros órganos competentes.

Medidas a medio plazo

  • Los principales órganos mundiales de contabilidad deben trabajar para crear una sola norma de alta calidad mundial.
  • Los reguladores, supervisores y órganos que establecen las normas de contabilidad deben trabajar entre ellos y conjuntamente con el sector privado para garantizar la aplicación coherente y la ejecución de las normas contables de alta calidad.
  • Las instituciones financieras deberían mejorar la información sobre los riesgos en sus informes y mostrar todas las pérdidas de forma permanente, en consonancia con las buenas prácticas internacionales.
  • Los reguladores deberán trabajar para garantizar que los estados financieros de una institución financiera contengan información completa, incluyendo las actividades fuera de balance, y que informen de éstas regularmente.

Los aspectos delineados de los planes de acción formulados por el G-20 tácitamente implican la necesidad de realizar reformas en el modelo contable del IASB y en el propio IASB en cuanto a sus conformantes, para asegurar una mayor transparencia financiera.

De otro lado un aspecto que tendrá efecto vinculante en nuestro país es la exigencia que los reguladores, en el caso del Perú la Contaduría Pública de la Nación  a través del CNC, tendrán que trabajar de forma conjunta con el sector privado para garantizar la aplicación coherente y la ejecución de normas contables de alta calidad. Como sabemos la oficialización del PCGE en octubre del 2008 fue objeto de críticas por la escasa o nula participación de la profesión contable de forma vinculante en su elaboración y en su aprobación final. Lo que bien podría corregirse en el futuro con una mayor participación de tipo técnico por parte de las distintas comisiones y comités técnicos, en especial el comité técnico permanente de la Junta de Decanos de CCPP entre otros para lograr una mayor aplicabilidad de las normas contables en las distintas unidades empresariales sea cual sea su magnitud y giro.

 Finalmente entre las tareas de plazo mediato está la invocación a contar con una sola norma mundial contable de alta calidad, que implicará que tanto el IASB y el IASC finalmente aceleren sus proyectos de convergencia para que de las NIC-NIIF y de los USGAAP salga el cuerpo único de normas que el G-20 reclama.

De otro lado, en una reciente reunión del G-20 en Londres el 2 de abril de 2009, se acordaron 28 manifiestos de acción inmediata, entre ellos:

Con este fin estamos aplicando el Plan de Acción acordado en nuestra última reunión, tal como se establece en el informe de evolución adjunto. Hoy también hemos emitido una Declaración, El fortalecimiento del sistema financiero. En concreto, acordamos:

-Solicitar a los encargados de establecer las normas contables que colaboren urgentemente con supervisores y reguladores para mejorar los criterios de valoración y provisión, y alcanzar un conjunto de normas contables mundiales de alta calidad.

Como vemos el G-20 viene tomando en serio la necesidad de realizar reformas al interior de los modelos contable vigentes, tanto del IASB como del IASC americano, lo cual influirá fuertemente en los proyectos de emisión de NIIF pendientes como el de NIIF para PYMES previsto para Junio de este año. Todo ello a su vez tendrá su correlato en el país en especial en sus elementos normativos ya oficializados como el PCGE, modelos de EE.FF.  etc., esperándose que las futuras modificaciones no alteren el cronograma de aplicación de los mismos previstos para el 2010.

 

 

06
Abr

MAESTRO DE ASIENTOS CONTABLES PCGE

Atendiendo las sugerencias de los lectores de www.reformacontable.net para que puedan conocer múltiples asientos contables mediante la aplicación del  PCGE,  con el respaldo de el Software Contable Financiero de SUITE CONTASIS Versión 8.0, ponemos  a su disposición el  UTILITARIO:  Maestro de Asientos Predefinidos del PCGE, utilitario que forma parte de las funcionalidades de este completo y actualizado software contable, hecho por contadores para contadores, el cual le permitirá:

1.   Conocer los asientos contables mediante el uso de las nuevas cuentas y subcuentas del PCGE.

2.  Conocer el tratamiento contable de nuevas operaciones consideradas dentro de los alcances del PCGE que el PCGR anterior no consideraba. Como el uso del 5to. dígito del Plan Contable.

 

Ver Video: http://75.125.78.162/~contasis/html/3/3.htm

Si Ud. está interesado en aplicar esta herramienta para fines educativos, deberá de seguir los siguientes procedimientos:

1.       Registrarse en el link:  http://www.contasis.net/index.php?option=com_registration&task=register&Itemid=89&PHPSESSID=0a0766d5bd29916eed136105059bdca8

2.       Ingresar al Member Login de www.contasis.net  con su usuario y contraseña ingresada.

3.       Descargar la versión 8.0 de SUITE CONTASIS e instalarlo en su PC de acuerdo a las indicaciones que en Video de Instalación se describen en link:

http://www.contasis.net/index.php?option=com_content&task=view&id=101&Itemid=89

4.       Ingresar al Software Contable Financiero de SUITE CONTASIS y acceder a la función Experto Contable en el Panel de Control de Contasis y escribir el tipo de operacion cuyo tratamiento contable, asiento contable, desea Ud. conocer.  

06
Abr

APRENDA LA DINAMICA DEL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL

Atendiendo las sugerencias de los lectores de www.reformacontable.net para que puedan contar con aplicativos sobre la dinámica del PCGE a nivel de cuentas y subcuentas, en asociación con el Software Contable Financiero de SUITE CONTASIS Versión 8.0, ponemos  a su disposición el  UTILITARIO de la dinámica del PCGE que forma parte de las funcionalidades de este completo y actualizado software contable, hecho por contadores para contadores, el cual le permitirá:

1.       Conocer la DINÁMICA del PCGE a nivel de cuentas y subcuentas.

2.       Acceder a las NIC –NIIF relacionadas al uso de cada cuenta y Subcuenta del Plan Contable General Empresarial

3.       Conocer los aspectos relacionados  al RECONOCIMIENTO y MEDICION de cada componente del activo, pasivo, patrimonio ingresos y egresos.

4.       Comprender mejor el uso del PCGE a través de los COMENTARIOS desarrollados por cada cuenta y subcuenta por los autores del  proyecto  y versión final del PCGE.

VER VIDEO DEMO: http://www.intranet.contasis.net/html/video.html

 

IMPORTANTE: Si Ud. desea contar con esta herramienta para fines educativos deberá de seguir los siguientes procedimientos:

1.       Registrarse en el link:  http://www.contasis.net/index.php?option=com_registration&task=register&Itemid=89&PHPSESSID=0a0766d5bd29916eed136105059bdca8

2.       Ingresar al Member Login de www.contasis.net  con su usuario y contraseña ingresada.

3.       Descargar la versión 8.0 de SUITE CONTASIS e instalarlo en su PC de acuerdo a las indicaciones que en Video de Instalación se describen en link:

http://www.contasis.net/index.php?option=com_content&task=view&id=101&Itemid=89

4.       Ingresar al Software Contable Financiero de SUITE CONTASIS y acceder a la función Plan de Cuentas, seguir las indicaciones del Video de uso de la Dinámica del PCGE en el link:

http://www.intranet.contasis.net/html/video.html

IMPORTANTE: Si Ud. Ya cuenta con una versión anterior de SUITE CONTASIS  a la versión 8.0 deberá de leer las instrucciones que contiene el video “aspectos importantes para instalar versión 8.0” a efectos de evitar pérdida de datos o conformación de tablas existentes durante la actualización de versiones. Ver PDF: http://www.contasis.net/descargas/procedimiento.pdf

 

 

 

06
Abr

RECLASIFICADOR DE CUENTAS DEL PCGR AL PCGE

Siendo la primera tarea que debe de emprender el contador público para adecuarse gradualmente al uso del Plan Contable General Empresarial durante el año 2009, de manera que al iniciar el año 2010  empiece desde el primer día el registro de sus transacciones mediante la dinámica del nuevo plan contable, CONTASIS SAC. Presenta esta nueva herramienta de su versión 8.0 Software Contable Financiero que le permitirá:

-          Reclasificar sus saldos del activo, pasivo y patrimonio representados a través del anterior PCGR.

-          Obtener de forma automática el Asiento de Reclasificación

-          Obtener el nuevo Balance General con saldos del activo, pasivo y patrimonio representados con cuentas y subcuentas del nuevo PCGE.

Esta herramienta le facilitará dicha labor que debe de realizarse al máximo nivel analítico al cual se encuentra controlada su contabilidad, vale decir a nivel de documentos (por cobrar o pagar) entidades (trabadores, acreedores, etc.) u operaciones. Es decir debe ir normalmente más allá del nivel de cuenta y subcuenta.

VER VIDEOS DEL PROCESO DE RECLASIFICACION PCGR AL PCGE CON EL CONTASIS

Para llevar a cabo dicho proceso es necesario que se realice el CIERRE contable del período anterior.  VER VIDEO DEMO: http://75.125.78.162/~contasis/html/Cierre/Cierre.htm

Luego,  realizar el asiento de apertura del nuevo período a aperturarse. (puede ser anual, o puede ser mensual el periodo) e iniciar con la reclasificación. VER VIDEO DEMO: : http://75.125.78.162/~contasis/html/reclasificador/1.htm

 

IMPORTANTE: Si Ud. desea contar con esta herramienta para fines educativos deberá de seguir los siguientes procedimientos:

1.       Registrarse en el link:  http://www.contasis.net/index.php?option=com_registration&task=register&Itemid=89&PHPSESSID=0a0766d5bd29916eed136105059bdca8

2.       Ingresar al Member Login de www.contasis.net  con su usuario y contraseña ingresada.

3.       Descargar la versión 8.0 de SUITE CONTASIS e instalarlo en su PC de acuerdo a las indicaciones que en Video de Instalación se describen en link:

http://www.contasis.net/index.php?option=com_content&task=view&id=101&Itemid=89

4.    Ingresar al Software Contable Financiero de SUITE CONTASIS y acceder a la función Reclasificador de Cuentas, según las indicaciones del Video de Reclasificación.

 

ADEVERTENCIA: Si Ud. Ya cuenta con una versión anterior de SUITE CONTASIS  a la versión 8.0 deberá de leer las instrucciones que contiene el video “aspectos importantes para instalar versión 8.0” a efectos de evitar pérdida de datos o des conformación de tablas existentes durante la actualización de versiones. Ver PDF:

 http://www.contasis.net/descargas/procedimiento.pdf

18
Mar

REGISTRO TABULAR EN CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

 

Una excelente publicación cuyo autor es el Mg. CPC. Hernán Capcha Carbajal, acaba de lanzarse al mercado de profesionales contables y microempresas con la clara intención de cubrir un espacio vacío y que  permitirá conocer los detalles y forma de implementación de la CONTABILIDAD SIMPLIFICADA, la misma que emana de sendas Resoluciones SUNAT siguientes:

l Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT. Diciembre 2006. Que determinaba el uso de los nuevos libros y registros de carácter tributario desde el 1-1-2008.

Resolución de Superintendencia No. 230-2007 SUNAT del 14-12-2007 que amplió la obligación del Art. 12 y 13 de la Res. 234-2006/SUNAT, nuevos formatos de libros y registros de carácter tributario hasta el 01-01-2009.

* Decreto Legislativo N°. 1086 al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, entre ellas, la efectuada al artículo 65° del citado TUO. Agosto 2008. Que especifica los tramos de ingresos brutos a partir de los cuales las Mypes están obligadas a llevar contabilidad simplificada (hasta 150 UIT) y contabilidad completa (MAS DE 150 UIT).

* Resolución N°. 041- 2008-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad que aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial PCGE, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2010, recomendándose su aplicación anticipada en el año 2009. Octubre 2008.

* RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 239-2008 el 30 de diciembre de 2008, en la que Modifica la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT. Entre ellos el formato del Libro Diario Simplificado y el número mínimo de dígitos del Plan Contable a ser utilizado.

* Resolución de SUNAT 017-2009 24 de enero de 2009, que determina la SUSPENSION TEMPORAL hasta el 31.12.2009 del art. 12 y 13 de la Res. 234-2006/SUNAT Excepto el Anexo 5-A y Art. 13.4 es decir la CONTABILIDAD SIMPLIFICADA sigue vigente desde el 1 de enero del 2009.

A raíz de estas constantes modificaciones muchas dudas se han venido generando entre los contadores públicos y entre los microempresarios sobre la llamada contabilidad simplificada, incluso una encuesta desarrollada en el blog reformacontable.net acerca de la pregunta:

QUE DECISION TOMARA UD. PARA IMPLANTAR LA CONTABILIDAD SIMPLIFICADA EL 2009?

SEGUIRE CON LOS FORMATOS ANTERIORES  — 22%

ADOPTARE LOS NUEVOS FORMATOS CON APLICACION DEL PCGR — 20% 

ADOPTARE LOS NUEVOS FORMATOS CON APLICACION DEL NUEVO PCGE — 45%

NO CONTINUARE PRESTADNO SERVICIOS A ESOS CLIENTES 13 %

La encuesta muestra que un 13% de los encuestados señala su decisión de dejar de llevar este tipo de contabilidades, es decir de no tener clientes Mypes, microempresas con ingresos menores a 150 UIT al año, por las dificultades que implican la implementación de este tipo de contabilidad, dificultad que se incrementa si el sistema contable es manual, y por que el profesional viene percibiendo que su cliente, el empresario Mype, utilizará esta reducción de numero de libros contables de 9 a 3 en contabilidad simplificada como mecanismo de reducción de costos. Un fenómeno similar ocurrió cuando se implementó el RUS Régimen Único Simplificado y se señalo la no obligación de llevar libros contables, estas microempresas dejaron de requerir los servicios profesionales del contador público, equivocadamente considerando que su única función es la liquidación de impuestos, perdiendo el apoyo de un profesional que podría apoyarle en mejorar los resultados de su gestión.

Un 22% de los encuestados señalan que seguirán utilizando los formatos de libros anteriores, se refieren a los registros de ventas y compras y en especial al formato del libro diario simplificado. Esta decisión sin duda repercutirá en sanciones tributarias para quienes la adopten ya que estarían incursos en la INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE LLEVAR LIBROS Y/O REGISTROS Articulo 175º CT, (Num.2) Llevar sin cumplir u observar las formas. Cuya sanción es el 0.3% Ingresos Netos, con Parámetros tope: Mínimo: 10% UIT (S/. 345.00) y Máximo: 12 UIT (S/. S/. 41,400.00) sujeto a Gradualidad por subsanación voluntaria e Inducida.

Un 65% de los encuestados señalan su decisión de implementar los alcances de la contabilidad simplificada, de los cuales el 20% conformante piensa aplicar la denominación de cuentas y subcuentas del PCGR para dicho efecto, en tanto que un 45% restante aplicará la denominación de cuentas y subcuenta del PCGE. Este último gran segmento que está en la disposición de cumplir lo señalado la norma tributaria vigente es el que no contaba a la fecha con información sobre la normativa y procedimientos para implantar la contabilidad simplificada encontrando como alternativa la publicación del Mg. Hernan Capcha, socio de CONTASIS SAC. Y a la vez coautor del software SUITE CONTASIS en sus distintos módulos.

REGISTRO TABULAR DE TRANSACCIONES EN CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

Uno de los aspectos más preponderantes a la hora de implementar la Contabilidad Simplificada es el tipo de registro contable que se emplea para obtener el libro diario simplificado, y que a diferencia del registro convencional en el Libro Diario que se realiza de forma vertical y con discriminación de cantidades en el lado DEBE y HABER, en la contabilidad simplificada el registro de transacciones se realiza:


1. Operación por Operación, con clara indicación del código de operación que se asigna al momento de su registro.

2. De forma Horizontal, en las columnas que forman parte del formato libro diario simplificado y que pertenecen cada una a los elemento de los EE.FF., es decir activo, pasivo, patrimonio, ingresos, gastos, etc.

3. Este registro tabular que no prevé un registro de las cantidades o valores que forman parte del asiento contable en el DEBE Y HABER a su vez obliga la necesidad del uso de símbolos matemáticos + y – de acuerdo a la lógica de los aumentos y disminuciones.

Esta lógica es ampliamente explicada por el Mg. CPC. Hernán Capcha en el libro señalado y puede representarse de la forma siguiente:

–>

DEBE

HABER

+ Activo

+ Gastos

- Pasivo

- Capital

- Ingresos

+ Pasivo

+ Capital

+ Ingresos

- Activo

- Gastos

A medida que las transacciones a registrar se vuelven más complejas el numero de columnas (elementos de los estados financieros) que participan en el asiento contable en el libro diario simplificado, son mayores,  en cuyos casos el registro sin duda resulta tedioso y repetitivo, donde el cuidado en el uso de los signos + ó – resultará vital para obtener el resultado contable adecuado, en lugar de prestar atención a aspectos doctrinarios o técnicos propios de la contabilidad, lo que se denominaba consistencia del registro contable.

De forma muy imaginativa y rigurosa el MG. CPC. Hernán Capcha plantea consideraciones, métodos de validación, de los resultados finales del libro diario simplificado que deberán de usar los contadores públicos a fin de verificar que su trabajo se encuentra exento de errores, validación que está sustentada en el uso de la ecuación contable.

RESPECTO A LA VERIFICACIÓN DEL REGISTRO DE LAS OPERACIONES

Para verificar el correcto registro de las operaciones, se debe aplicar la ecuación contable extendida sustituyendo los importes en la misma, con sus respectivos signos y efectuar las operaciones para hallar los totales por cada miembro de la ecuación los cuales deben ser iguales, la ecuación es:

ACTIVO + GASTOS = PASIVO + CAPITAL + INGRESOS

RESPECTO AL CUADRE DEL LIBRO DIARIO-MAYOR

Para Cuadrar el Libro Diario-Mayor, primero se debe totalizar por cada Rubro Patrimonial y luego se debe aplicar la ecuación contable extendida sustituyendo los importes totalizados en la misma, con sus respectivos signos y efectuar las operaciones para hallar los totales por cada miembro de la ecuación los cuales deben ser iguales, la ecuación es:

ACTIVO + GASTOS = PASIVO + CAPITAL + INGRESOS

RESPECTO A LA DETERMINACIÓN DE LOS RESULTADOS

Para determinar el Resultado del Ejercicio debemos aplicar la Ecuación de Resultados o Dinámica que es la siguiente:

RESULTADOS = INGRESOS – GASTOS

De otro lado si idealizamos el registro de las transacciones de los ejemplos anteriores a nivel de 4 dígitos del PCGR o de 5 dígitos del PCGE el ancho del libro diario simplificado sería sumamente extenso, ya que solo a nivel de 2 dígitos se presentan problemas de elaboración en contabilidad manual, a 4 o 5 dígitos resultaran casi imposible de obtener en sistema contable manual. Por lo que aquí nuevamente salta la misma conclusión, la necesidad de introducir software contables que agilicen el trabajo del contador y eviten estas complicaciones innecesarias.

En el caso de CONTASIS en su presentación Xpert Contable Plus, que está orientado a las microempresas, con un solo registro de transacciones se puede obtener el formato diario simplificado a nivel de 2 dígitos, que es lo que exige SUNAT y a nivel de 4 o 5 dígitos (dependiendo de si se usa el PCGR o PCGE – este último es opcional el 2009) para fines de presentación de información más analítica para la gestión de la microempresa.

A la fecha muchos contadores que habiendo optado por llevar contabilidad simplificada en sistema manual, no logran encontrar un libro rayado que pueda permitir tal despliegue de operaciones en forma horizontal, y si finalmente lo obtienen y realizan el registro concluirán que la información obtenida, a 2 dígitos, no tiene ninguna relevancia para uso de la microempresa, estando destinada exclusivamente para fines Fiscales.

15
Mar

ESQUEMA DE IMPLANTACION DEL PCGE

Para aquellos contadores que a estas alturas del 2009, ya han dejado de lado preocupaciones respecto al Balance del año anterior y están por decidir en qué momento y con qué herramientas afrontaran el trabajo de implantar el Plan Contable General Empresarial, a continuación proponemos un esquema de trabajo que podrá seguir paso a paso:

ESQUEMA NORMATIVO DE IMPLANTACION DEL PCGE

— RECONOCIMIENTO de todos los activos y pasivos según definición y requisitos del Sistema Contable aceptado en el Perú. ALTA DE ELEMENTOS

— NO RECONOCIMIENTO de partidas como activos o pasivos según definición y requisitos del Sistema Contable aceptado en el Perú. BAJA DE ELEMENTOS.

— RECLASIFICACION de las cuentas de los activos, pasivos y componentes del patrimonio neto reconocidos, del PCGR anterior al PCGE. AUTOMATIZADO POR CONTASIS.

— MEDICION, Aplicando las NIIF al valorar todos los activos y pasivos reconocidos.

Obsérvese que dentro de los pasos enunciados el de reclasificación de cuentas del PCGR al PCGE es sólo uno de las 4 tareas que involucran el esquema integral y en orden secuencial ocupa el 3er. lugar en prioridad de tareas. Pero también es necesario señalar que el mismo se realizará al ultimo nivel analítico con el que llevan el control contable en cada empresa. Si se lleva a nivel de 4 o 5 digitos y si cuentan con un control analítico adicional de entidades, documentos u operaciones de las subcuentas y de las divisionarias, la reclasificación tendrá que llevarse a cabo a este ultimo nivel analítico:

- CUENTA PCGR. 12 CLIENTES

- SUBCUENTA PCGR: 121 FACTURAS POR COBRAR

- EMPRESA TERCERA XXX, FACTURA No. …….

- EMPRESA VINCULADA XXX, FACTURA No. …..

Observese que en el ejemplo las facturas por cobrar de la primera empresa se reclasificará a la cuenta 12 del PCGE, Cuentas por Cobrar Comerciales a Terceros. En tanto que la factura por cobrar de la segunda empresa se reclasificará a la cuenta 13 del PCGE, Cuentas por Cobrar Comerciales a Vinculadas.

Sin embargo esta tarea de reclasificación del PCGR al PCGE, tal como se mostró en el III Seminario del Club del Contador del mes de Febrero 2009, con la ayuda del utilitario de reclasificación como el que cuenta el software Contable Financiero de SUITE CONTASIS V 8.04, prácticamente se realiza de forma automática. Ver video demo de reclasificación del PCGR al PCGE haciendo click en: http://www.intranet.contasis.net/html/reclasificador.html

Con lo que el trabajo complicado técnicamente hablando en la implantación del PCGE sería el de RECONOCIMIENTO y MEDICION de los elementos de los EE.FF.  que requieren tal análisis para su incorporación o retiro de los EE.FF.

Por ello que en este artículo abundaremos los conceptos y normas vinculadas a estos dos procedimientos que ninguna tecnología de información, podrá realizar, sino que compete al criterio profesional del contador público.

El sistema contable peruano está conformado de la siguiente manera:

  1. MARCO CONCEPTUAL IASB
  2. NIC – NIIF VIGENTES
  3. INTERPRETACIONES SIC – CNIIF
  4. INSTRUMENTOS NORMATIVOS LOCALES

— Plan Contable General Empresarial

— EE.F. - CONASEV

— Libros y Registros de Carácter Tributario (SUNAT)

A continuación veamos que trata el Marco Conceptual del IASB, que a diferencia de las NIC – NIIF y sus interpretaciones, ha sido escasamente difundido a pesar de su enorme influencia en el proceso de implantación de los instrumentos normativos locales y en especial del PCGE.

MARCO CONCEPTUAL: Trata los temas siguientes:

A). El objetivo de los EE FF;

B).Las características cualitativas que determinan la utilidad de la información de los EE FF;

C).La definición, reconocimiento y valoración de los elementos que constituyen los EE FF; y

D). Los conceptos de capital y de mantenimiento del capital.

De entre todos estos aspectos conceptuales, el referido al punto C).La definición, reconocimiento y valoración de los elementos que constituyen los EE FF. Está íntimamente vinculado al proceso de implantación del PCGE, por lo que rápidamente lo comentamos:

DEFINICION DE LOS ELEMENTOS DE LOS EE.FF.

Las definiciones de activos, pasivos, ingresos y gastos identifican sus características esenciales, pero no pretenden especificar las condiciones a cumplir para que tales elementos se reconozcan en el balance y en la cuenta de resultados.

RECONOCIMIENTO DE ELEMENTOS

Es el proceso por el que se incorporan o se retiran del balance, la cuenta de pérdidas y ganancias o el estado de cambios en el patrimonio neto, los diferentes elementos de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de reconocimiento de cada uno de ellos, incluidas en el Plan Contable General Empresarial PCGE.

El registro de los elementos procederá cuando, cumpliéndose la definición de los mismos incluida en el apartado anterior, se cumplan los requisitos de:

PROBABILIDAD DE OBTENER BENEFICIOS FUTUROS

El concepto de probabilidad se utiliza, en las condiciones para su reconocimiento, con referencia al grado de incertidumbre con que los beneficios económicos futuros asociados al mismo llegarán o

saldrán, de la empresa.

El concepto tiene en cuenta la incertidumbre que caracteriza el entorno en que opera la empresa.

La valoración del grado de incertidumbre, correspondiente al flujo de los beneficios futuros, se hace a partir de la evidencia disponible cuando se preparan los EE FF.

  • Por ejemplo, cuando es probable que una cuenta por cobrar a un cliente vaya a ser pagada por ésta, es justificable, en ausencia de cualquier evidencia en contrario, reconocer tal partida por cobrar como un activo.
  • No obstante, para buena parte de las cuentas por cobrar, se considera normalmente probable un cierto grado de impago, y por tanto se reconoce un gasto que representa la reducción esperada en los beneficios económicos por tal motivo.

FIABILIDAD EN LA VALORACIÓN

La segunda condición para el reconocimiento de la partida es que posea un coste o valor que pueda ser determinado de forma fiable, tal y como este concepto de fiabilidad ha sido discutido anteriormente.

En muchos casos, cuando el coste o valor debe estimarse, el uso de estimaciones razonables es una parte esencial de la preparación de los EE FF, y no debe menoscabar su fiabilidad.

No obstante, cuando no puede hacerse una estimación razonable, la partida no se reconoce en el balance ni en la cuenta de resultados.

Por ejemplo, las indemnizaciones esperadas de un litigio ante los tribunales, pueden cumplir las definiciones tanto de activo como de ingreso, así como la condición de probabilidad para ser reconocidas. Sin embargo, si no es posible valorar de forma fiable la reclamación, no debe reconocerse ni el activo ni el ingreso. A pesar de ello, la existencia de la reclamación puede ser revelada por medio de notas, material explicativo o cuadros complementarios.

IMPORTANCIA RELATIVA

Al evaluar si una partida cumple estos criterios y, por tanto, está cualificada para su reconocimiento en los EE FF, es necesario tener en cuenta las condiciones de importancia relativa.

— Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel.

— Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función.

De otro lado, existe una interrelación entre los elementos significa que toda partida que cumpla las condiciones de definición y reconocimiento para ser un determinado elemento, por ejemplo un activo, exige automática y paralelamente el reconocimiento de otro elemento relacionado con ella, por ejemplo un ingreso o un pasivo. PARTIDA DOBLE

RECONOCIMIENTO POSTERIOR

Una partida que, en un determinado momento, no cumpla las condiciones para su reconocimiento anteriormente establecidas, puede sin embargo quedar cualificada para ser reconocida como consecuencia de circunstancias o sucesos, producidos en un momento posterior en el tiempo.

INFORMACIÓN SOBRE ELEMENTOS QUE NO CUMPLEN LAS CONDICIONES

Puede estar justificado que una partida a la que, aún poseyendo las características esenciales para ser un elemento, le falten por cumplir las condiciones para su reconocimiento, sea revelada a través de notas, cuadros u otro material informativo dentro de los EE FF.

Ello es apropiado cuando el reconocimiento de tal partida se considere relevante, de cara a los usuarios de los EE FF, para la evaluación de la situación financiera, los resultados y los flujos de fondos de una empresa.

RECONOCIMIENTO DE ACTIVOS

Se reconoce un activo en el balance cuando:

§ Es probable que se obtengan del mismo beneficios económicos futuros para la empresa y, además

§ El activo tiene un coste o valor que puede ser medido con fiabilidad.

Un activo no es objeto de reconocimiento en el balance cuando se considera improbable que, del desembolso correspondiente, se vayan a obtener beneficios económicos en el futuro.

En lugar de ello, tal transacción lleva al reconocimiento de un gasto en la cuenta de resultados.

Este tratamiento contable no implica que la intención de la gerencia, al hacer el desembolso, fuera otra que la de generar beneficios económicos en el futuro, o que la gerencia estuviera equivocada al hacerlo.

La única implicación de lo anterior es que el grado de certeza, sobre los beneficios económicos que van a llegar a la empresa, tras el presente ejercicio, es insuficiente para justificar el reconocimiento del activo.

RECONOCIMIENTO DE PASIVOS

Se reconoce un pasivo en el balance cuando es probable que, del pago de esa obligación presente, se derive la salida de recursos que lleven incorporados beneficios económicos, y además la cuantía del desembolso a realizar pueda ser evaluada con fiabilidad.

En la práctica, las obligaciones derivadas de contratos, en la parte proporcional todavía no cumplida de los mismos (por ejemplo las deudas por inventarios encargados pero no recibidos todavía), no se reconocen como obligaciones en los EE FF.

No obstante, las deudas puedan cumplir la definición de pasivos y, supuesto que satisfacen las condiciones para ser reconocidas en sus circunstancias particulares, pueden quedar cualificadas para su reconocimiento en los EE FF.

En tales circunstancias, el hecho de reconocer los pasivos impone también el reconocimiento de los activos o gastos correspondientes.

EJEMPLO: CONTINGENCIA LEGAL – DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRA TERCEROS.

A tal efecto, cuando el importe del pasivo no pueda calcularse de forma fiable, ni siquiera por un importe mínimo, deberá informarse en la memoria, sin perjuicio del grado de indeterminación inherente al cálculo de toda provisión, en el que en numerosas ocasiones el requisito de que la salida de recursos sea probable, necesariamente deberá reconducirse a un cálculo del importe probable de la obligación.

MEDICION O VALORACIÓN- CONCEPTO

Valoración es el proceso de determinación de los importes monetarios por los que se reconocen y llevan contablemente los elementos de los EE FF, para su inclusión en el balance y en la cuenta de resultados. Para realizarla es necesaria la selección de una base o método particular de valoración.

BASES DE VALORACIÓN

En los EE FF se emplean diferentes bases de valoración, con diferentes grados y en distintas combinaciones entre ellas. Tales bases o métodos son los siguientes: Costo histórico; Costo corriente; Valor realizable (o de liquidación); Valor actual.

CRITERIOS DE UTILIZACIÓN

La base o método de valoración más comúnmente utilizado por las empresas, al preparar sus EE FF, es el costo histórico. Éste se combina, generalmente, con otras bases de valoración.

Por ejemplo, las existencias se registran contablemente al menor valor entre el costo histórico y el valor neto realizable, los títulos cotizados pueden llevarse al valor de mercado, y las obligaciones por pensiones se registran por su valor actual.

Además, algunas empresas usan el costo corriente como respuesta a la incapacidad del modelo contable del coste histórico para tratar con los efectos de los cambios en los precios de los activos no monetarios.